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Opción · 02 / de 04

Ciudadanía argentina por opción

Reconocimiento de ciudadanía para hijos de argentinos nativos nacidos en el extranjero, conforme al art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional y la Ley 346. El trámite puede iniciarse ante el RENAPER (en el país) o ante los consulados argentinos en el exterior.

Plazo estimado: 3 a 6 meses según jurisdicción y completitud de la documentación.

Cuándo aplica

¿En qué casos corresponde este trámite?

  • Nació en el exterior y al menos uno de sus padres es argentino nativo.
  • Quiere acceder a DNI y pasaporte argentino sin haber vivido en el país.
  • Necesita inscribir su nacimiento en el Registro Civil argentino.
  • Es menor de edad y los padres quieren tramitar la opción en su nombre.
Documentación

Qué información necesitamos

01

Partida de nacimiento del solicitante

Apostillada o legalizada y traducida al castellano.

02

DNI o partida de nacimiento del progenitor argentino

Acreditando ciudadanía argentina nativa.

03

Partida de matrimonio de los padres opcional

Si los padres están casados.

04

Documento de identidad del solicitante

Pasaporte o documento del país de nacimiento.

05

Acta de nacimiento traducida por traductor público opcional

Si está en idioma extranjero.

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01 · Datos de contacto
02 · Datos del trámite
03 · Mensaje (opcional)
04 · Documentación
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